MALUQUER ADVOCATS |
A VUELTAS CON LOS CRÉDITOS CON OBJETO INMOBILIARIO
Algunas cuestiones sobre la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, a un año de su entrada en vigor
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El 16 de junio de 2019 (es decir a los tres meses de su publicación en el B.O.E., según la disposición final decimosexta), entró en vigor la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. La Ley 5/2019 tenía como principal objetivo transponer al ordenamiento español la Directiva 2014/17/UE, que establece un régimen específico de protección de las personas consumidoras que tengan la condición de prestatarios, fiadores o garantes en préstamos o créditos garantizados mediante hipoteca u otra garantía real constituida sobre bienes inmuebles de uso residencial, o cuya finalidad sea la adquisición o conservación de derechos de propiedad sobre bienes inmuebles.
Se trata de una normativa, de una cierta complejidad, sobre todo en lo atinente a su ámbito objetivo y subjetivo que plantea varias cuestiones de interés práctico.
A continuación, vemos las cuestiones que hemos desarrollado en nuestro trabajo que se puede descargar en su versión completa PDF desde enlace que se encuentra más abajo.
CUESTIONES PLANTEADAS:
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